Daniela
Graterol
Durante
la relación laboral, cualquier
trabajador puede estar expenso a una determinada situación que lo incapacite
transitoria o definitivamente para realizar su trabajo habitual. Tal
incapacidad temporal, puede originarse por una enfermedad laboral o común, un
accidente común o laboral y por maternidad.
Muy a
menudo en el país tramites de esta índole, se pueden percibir como complicados
y un poco lentos para la validación. Pero aquí dejamos unos tips que harán efectivo y rápido este
proceso.
Asumiendo que el trabajador está
inscrito en el instituto del seguro social, debe dirigirse a la sede más cercana a su domicilio para solicitar la cita
para la revisión médica, este trámite lo puede gestionar el mismo trabajador o
un familiar con una autorización.
Lo que
causa un poco el retraso en el proceso es que no se presentan toda la
documentación adecuada, los requisitos que pide el IVSS son:
•Para mostrar
constancia de inscripción ante el instituto, se debe presentar el número de
cuenta individual, acompañado del
número telefónico de (casa, oficina
y personal móvil) y dirección del correo electrónico del trabajador y el empleador obligatoriamente.
•Si el
trabajador está de reposo absoluto, necesita la original y copia de ese récipe firmado y sellado
por el médico tratante de algún
hospital público o privado
del Seguro Social con original y
copia de la cédula de identidad.
•Además, deberá entrar al portal web del IVSS www.ivss.gov.ve/
para descargar y llenar
la planilla que se encuentra en el icono de Cuenta Individual del portal.
•Ya el
día de la cita. Debe acudir el paciente con los siguientes recaudos, cédula de identidad, el reposo, exámenes de
laboratorio, cualquier estudio complementario
como podía ser (RX, TAC, RNMA, entre otros) siempre y cuando estos verifiquen
la enfermedad. El médico del IVSS
lo evaluará y validará sus días de
recuperación, certificando así este documento que podrá consignar en la empresa
en la que usted labora para que quede constancia de que su enfermedad es real.
Es de
suma importancia tener presenta el lapso de entrega de la certificación de
reposo es de setenta
y dos (72) horas hábiles siguientes después de
la entrega. Con la excepción de que los pacientes que estén hospitalizados o
con operación reciente tendrán un lapso de 06 días.
El reposo debe contener, un
diagnostico legible sin enmiendas, nombre de la institución pública o privada,
claramente establecido el lapso del periodo del tiempo no debe presentar
ninguna evidencia de enmendadura porque perderá validez, información del médico
que contenga (nombre, numero de la Cédula de identidad y numero de clave de sanidad.) y por último el sello húmedo de la institución médica pública o privada.
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