Normalmente
hablamos de tres conceptos bien generales para discutir sobre el fraude. La
corrupción, la malversación de fondos y el fraude en estados financieros son
temas que deben ser puestos sobre la mesa al momento de tocar este incomodo
asunto.
En
función a ello, las siguientes definiciones pueden servir de ayuda a efectos
ilustrativos:
Corrupción:
casos de sobornos, conflicto de intereses, uso de influencias, manejo
inadecuado de las relaciones con los agentes aduanales extorsiones y pagos
inapropiados.
Malversación
de
fondos (Activos):
robo de bienes, falsificación de cheques de la empresa, desvío de fondos,
creación de pagos ficticios y el uso personal de los bienes de la empresa.
Fraude
en
estados financieros: registro
ficticio de ingresos, reporte de activos falsos, aseveraciones inapropiadas.
En
Venezuela contamos con un set de normativas que deben ser evaluadas por todos
los que hacemos vida en el mundo de los negocios, entre las que tenemos a
la: i) Ley contra la Corrupción, ii) Ley
Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, iii)
Ley Especial contra el Delito
Informático, iv) Ley sobre el Delito del Contrabando, v) Ley contra la
Legitimación de Capitales y vi) la Ley Orgánica de Drogas.
Algunas
sugerencias para mitigar los riesgos de fraude pueden ir dirigidas a capacitar
y evaluar al personal sobre temas de fraude, hacer auditorías especializadas,
seguimiento a terceros y la gestión de pagos, evaluar riesgos y controles,
establecer programas donde se generen documentos relacionados con códigos de
ética, establecimiento de hot lines anónimas y adaptar las mejores practicas
mundiales al respecto.
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