viernes, 5 de enero de 2018

Nuevo bloqueo tributario y el temor a la sanción

Josué Quijada

En Gaceta Oficial N° 41.305 de fecha 21 de diciembre de 2017, fue publicada la Ley Constitucional sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente, donde se crea la Unidad Tributaria Sancionatoria que será utilizada para determinar el monto de las multas y sanciones pecuniarias,  presentada como propuesta a la Asamblea Nacional Constituyente por  Ejecutivo Nacional   en Septiembre pasado,  formando parte del bloque de medidas dirigidas al restablecimiento económico del país.
Como bien lo establece su artículo  primero el objeto de este cuerpo normativo no es otro que el de “crear una unidad tributaria especial que será utilizada exclusivamente para determinar el monto de las multas y sanciones pecuniarias, cuya base de cálculo esté prevista en unidades tributarias, en los respectivos instrumentos normativos que las prevén, la cual se denomina Unidad Tributaria Sancionatoria”,   y que ya de entrada nos da a entender que coexistirán dos clases de unidad tributaria,  siendo la primera la medida utilizada para el pago de tasas,  contribuciones y aranceles,  ante cualquier gestión del ciudadano ante la Administración Publica y por otra parte la otra unidad tributaria que tendrá un carácter sancionatorio ante el incumplimiento.
En el caso de aquellas leyes donde se establezcan  multas o sanciones,  esta nueva ley se conectará con la primera aplicándose en todo aquello no este expresamente regulado por ella,  de manera tal que dentro del ordenamiento jurídico,  por lo menos a primera vista,  no se perturbara el sistema de leyes,  sino que será una nueva pieza dentro del engranaje legal.

El valor de esta unidad tributaria,  vendrá determinado con base en la variación producida en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas, en el año inmediatamente anterior,  por el  Ejecutivo Nacional,  quien así como con la Unidad Tributaria ordinaria procederá dentro de los primeros días de febrero de cada año (no establece fecha exacta) y por otra parte,  para tal determinación deberá tomarse en cuenta la opinión de Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de seguridad ciudadana, el Tribunal Supremo de Justicia y el Poder Ciudadano.
Tomando en cuenta,  las recientes reformas del Código Orgánico Tributario,  Ley de Impuesto Sobre la Renta, la Ley de Impuesto Al Valor Agregado,  así como también  la Ley que establece nuevo régimen tributario para inversionistas en el Arco Minero del Orinoco y la Ley de impuestos a los grandes patrimonios,  es obvio que se ha  configurado un nuevo régimen tributario,   cuyo objetivo es el de a través de una mayor recaudación se mejoren las condiciones económicas del país.
Sería interesante que así como se establecen sanciones por incumplimiento o ilícitos con una unidad tributaria sancionatoria dirigida al ciudadano común,   también  se establecieran mecanismos rigurosos y verdaderamente efectivos de seguimiento para los funcionarios públicos,  independientemente de su cargo,  que actúan sin probidad ni vocación servicio  y que contaminan con  corrupción   las instituciones,  pues resulta fácil responsabilizar a la sociedad de todo los males  sin hacer una evaluación puertas adentro de la actuación institucional . 
Evidentemente,  que la creación de estos mecanismos solo ponen de manifiesto la descomposición social en la que vivimos y como el temor a la sanción es lo único que motiva al cumplimiento de la Ley,   cuando  por el contrario,  debería ser el recto proceder ya parte de la naturaleza de nuestros ciudadanos y de aquellos que forman parte de las instituciones.
Para solucionar el problema de la corrupción,  requiere de un nuevo ciudadano,  un ciudadano; un ciudadano idealista,  en el sentido utilizado por el sociólogo y médico ítalo-argentino  José Ingenieros en su libro ·”El hombre mediocre”,  que es aquel capaz de usar su imaginación para concebir ideales legitimados sólo por la experiencia y se propone seguir ideales de perfección muy altos, en los cuales pone su fe, para cambiar el pasado en favor del porvenir estando en continuo proceso de transformación,  digno,  respetuoso y cumplidor de la Ley,  no por temor a su sanción sino porque su naturaleza recta consigue satisfacción en su acatamiento. La vía para alcanzarlo  es la educación,  doméstica y académica,  una tarea titánica  que desafortunadamente,  al parecer, no estamos en condiciones de emprender.  Se seguirán estableciendo sanciones,  que esperamos como mínimo apliquen para todos. 

1 comentario:

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