SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS
NÚMERO DOS
(SEPC – 2)
“NORMA SOBRE REVISIÓN LIMITADA DE ESTADOS FINANCIEROS”
DIRECTORIO NACIONAL AMPLIADO
CIUDAD BOLÍVAR, ESTADO BOLIVAR
VIERNES 26 Y SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 1999
INTRODUCCIÓN
1. Una revisión limitada a los estados financieros es un
compromiso que está comprendido en los servicios especiales prestados por
Contadores Públicos Independientes (SEPC), en el que básicamente se utilizan
algunos procedimientos formales de substanciación. En este tipo de servicio no se requiere
evaluar el sistema de control interno, observar el proceso de toma física del
inventario, y la circularización de cuentas por cobrar y pagar.
2. La Federación de Colegios de Contadores Públicos de
Venezuela, en Septiembre de 1974, emitió con carácter de disposición normativa
de la actuación de todos los Contadores Públicos, la Publicación Técnica N° 1
"NORMAS DE AUDITORIA". En
dicha publicación se dispone lo siguiente:
"3.3.5 En todos los casos en que el nombre de un
Contador Público quede asociado con algunos estados financieros, el Contador
Público debe expresar, de manera clara e inequívoca, la naturaleza de su
relación con dichos estados financieros.
Si se ha realizado algún examen de ellos, el Contador Público debe
manifestar, de modo expreso y claro, el carácter de su examen, su alcance y
grado de responsabilidad que, como consecuencia de él asume".
3. El Código de Ética Profesional del Contador Público
Venezolano, actualizado en 1996, dispone lo siguiente:
Artículo 11: "El Contador Público no deberá firmar
informes de auditoría que no hayan sido redactados por él o bajo su
dirección. Tampoco deberá estampar su
firma autógrafa y el número de colegiación en el cuerpo de los estados
financieros que prepare, revise limitadamente o dictamine".
"En todo caso, deberá expresar en un informe escrito la
naturaleza del trabajo realizado, su alcance y grado de responsabilidad que
asume".
4. El Contador Público Independiente (en adelante C.P.I.
Contador Público Independiente colegiado C.P.C. que actúa con independencia de
la labor a ejecutar) no debe permitir que su nombre y número de CPC aparezca
vinculado a ningún estado financiero, si no ha cumplido, como requisito mínimo,
con las normas previstas en esta Declaración.
En todo caso, si su nombre y número de CPC han sido utilizados sin su
autorización deberá ejercer todas las medidas necesarias para preservar el interés
de los usuarios de tales estados financieros y resguarda su credibilidad
profesional.
OBJETIVOS
5. El propósito de esta declaración es el de establecer las
normas que debe observar el C.P.I., cuando realiza un trabajo de revisión
limitada sobre los estados financieros de una entidad.
6. Esta declaración describe las normas sobre el tipo de
informe que deberá emitir el C.P.I., con
base en la revisión limitada de estados financieros, y los procedimientos de
revisión limitada que se deben considerar al asumir el compromiso.
7. Esta declaración puede ser aplicada a la revisión de otra
clase de información.
8. Los pronósticos financieros, las proyecciones y
presentaciones similares, así como la información contenida en los formatos
tributarios y otros formatos oficiales, no se consideran estados financieros a
los fines de esta norma.
9. El objetivo de una revisión limitada es permitirle al
C.P.I. expresar, sobre la base de procedimientos que no le suministran toda la
evidencia que hubiera requerido un examen de los estados financieros de acuerdo
con norma de auditoria de aceptación general, si ha encontrado o no elementos
que le permita inferir que la información revisada está presentada o no de
conformidad con principios de contabilidad de aceptación general.
10. Lo limitado de los procedimientos, en una revisión
normada por este Boletín, hace que los aspectos importantes en los estados
financieros o en cualquier otra información financiera pudiera no ser
considerados por el C.P.I., es por ello que los niveles de seguridad obtenidos
en una revisión limitada son sustancialmente menores a, los resultantes de un
examen de los estados financieros de acuerdo con las normas de auditoría de
aceptación general.
DEFINICIONES
11. A los efectos de
esta norma especial, se tomará como base las mismas definiciones establecidas
en la SEPC-1 Normas sobre preparación de estados financieros.
Las siguientes presentaciones financieras se consideran
estados financieros:
- Balance General
- Estado de
resultados
- Estado de movimiento
de las cuentas de patrimonio.
- Estado de flujo del efectivo
- Estado de activos y pasivos (con o sin las cuentas del patrimonio)
- Estado de ingresos y egresos (base acumulativa o de
efectivo)
- Estado de operaciones por ramo de producto.
- Otras demostraciones sobre las cuales el C.P.I. asuma responsabilidades como consecuencia de
la aplicación de esta norma especial.
ALCANCE DE UNA REVISIÓN LIMITADA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
12. Es la ejecución de procedimientos, averiguaciones y
análisis de substanciación que proporcionen al C.P.I una base razonable para
expresar una opinión limitada de que no habría que hacer modificaciones
importantes a los estados financieros para que estén de acuerdo con Principios
de Contabilidad de Aceptación General.
CONTRATO DE SERVICIO
13. De conformidad con lo dispuesto en el código de ética
profesional, el C.P.I. deberá celebrar un contrato por escrito con su cliente,
en el cual se especifiquen las condiciones y alcance de sus servicios, así como
todo lo relacionado con sus honorarios y gastos en que se incurra en la
ejecución de su trabajo. En este
sentido, el C.P.I. deberá asegurarse de que haya una clara comprensión por
parte del cliente de los términos del compromiso.
El C.P.I. debe considerar la inclusión de los puntos
siguientes:
- El objetivo del servicio a realizar,
- Período o fecha de la revisión,
- El alcance de la revisión limitada, incluyendo la
referencia a esta norma.
- Indicará que la revisión limitada de los estados
financieros, proporcionará una base razonable, que permita, sí como resultado
de ésta, ha encontrado elementos suficientes, para informar que los estados
financieros están presentados de acuerdo con Principios de Contabilidad de
Aceptación General.
- Una indicación de que la responsabilidad sobre la
información financiera es de la
Gerencia.
PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE ACEPTACIÓN GENERAL
14. Cuando la Gerencia cumple su responsabilidad de preparar
estados financieros útiles, debe prestar atención a la calidad de sus criterios
contables; La preparación de los estados financieros deberá incluir las normas
de contabilidad sobre medición y revelación financieras. Las convenciones, reglas y procedimientos han
evolucionado y sirven de guía para aquellos responsables por la preparación de
los estados financieros. Estas normas y
procedimientos técnicos, referidos como Principios de Contabilidad de
Aceptación General proporcionan las normas con las cuales el C.P.I. revisa los
estados financieros. En la
"Declaración de Principios de Contabilidad N" 0 (DPC O)" emitida
por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, se indican
las normas básicas y Principios de Contabilidad de Aceptación General vigentes
en Venezuela, relacionadas con la preparación y presentación de los estados financieros
a ser utilizados por usuarios externos.
Por otra parte, el C.P.I. deberá tomar en cuenta todas aquellas normas e instructivos
que sean emitidos por entes reguladores a entidades obligadas a cumplir dichas
normas.
Se considera que los estados financieros están de acuerdo
con Principios de Contabilidad de Aceptación General cuando:
• Los Principios de Contabilidad aplicados por la Gerencia
tienen aceptación general.
• Los Principios de Contabilidad aplicados por la Gerencia
son apropiados en las circunstancias.
• Los estados financieros contienen revelaciones
suficientes.
PRINCIPIOS GENERALES DE UN TRABAJO DE REVISION LIMITADA
15. El C.P.I. deberá cumplir con el "Código de Ética
Profesional" emitido por la Federación de Colegios de Contadores Públicos
de Venezuela. Los Principios Éticos que
rigen las responsabilidades profesionales del C.P.I. son:
a) Integridad
b) Objetividad
c) Competencia profesional y debido cuidado
d) Confidencialidad
e) Conducta profesional, y
f) Estándares Técnicos
La independencia es un requisito para la realización de
trabajos de revisión limitada, sin embargo, el C.P.I. podrá utilizar las
cédulas u otro tipo de información preparada por los auditores internos,
(DNA-5) así como cualquier otra documentación también preparada, por otras
personas que le permitan obtener el resultado.
El C.P.I. deberá conducir un trabajo de revisión limitada de
acuerdo con esta Norma de Servicios especiales y con los términos del trabajo.
PLANIFICACION Y SUPERVISION
16. El C.P.I. debe planificar y supervisar el trabajo de
revisión limitada de acuerdo con las normas establecidas en la DNA-6,
planeación y supervisión, emitida por la Federación de
Colegios de Contadores Públicos de Venezuela el 02 de
septiembre de 1983.
PROCEDIMIENTOS DE REVISION LIMITADA
17. Considerando que: las Normas Internacionales de
Auditoría y Servicios Relacionados, (NIA/SR 1 y 2) referidas a los trabajos de
revisión de estados financieros, emitidas por el Comité Internacional de
Prácticas de Auditoría (IAPC), aprobadas por el Consejo de la Federación
Internacional de Contadores Públicos (IFAC); proporcionan las pautas que ayudan
a una buena práctica al C.P.I. en su trabajo de revisión limitada de los
estados financieros en cuanto a los procedimientos y evidencias, el Comité
Permanente de Normas de Auditoría de la Federación de Colegios de Contadores
Públicos de Venezuela adecua las mencionadas Normas Internacionales para que
sean aplicadas en los procedimientos de revisión limitada de los estados
financieros por los Contadores Públicos Independientes en Venezuela.
18. El C.P.I. ejecutará procedimientos de averiguaciones y
análisis que le proporcionen una base razonable para expresar una opinión
limitada de que los estados financieros están de acuerdo con los Principios de
Contabilidad de Aceptación General sin efectuarles modificaciones
importantes. Tales procedimientos
pudieran consistir en:
- Obtención de información acerca del giro o actividad de la
entidad, así como del sector económico dentro del cual opera;
- Indagación acerca de los principios y prácticas contables
de la entidad;
- Indagación acerca de los procedimientos que emplea la
entidad para el registro, clasificación y resumen de sus operaciones,
acumulación de información para su exposición en los estados financieros, y
elaboración de estos;
- Indagación acerca de todas las afirmaciones significativas presentadas en los estados
financieros;
- Procedimientos de revisión analítica diseñados para
identificar relaciones o partidas individuales que parezcan inusuales. Para efectos de esta norma, tales
procedimientos incluyen:
• Comparación de los estados financieros revisados, con
estados financieros de períodos comparativos anteriores.
• Comparación de los estados financieros revisados, con los
resultados y situación financiera presupuestada, y
• Estudio de las relaciones entre elementos de los estados
financieros, que se espera concuerde con un patrón predecible, tomando como
base la experiencia de la entidad o lo que constituye norma en el sector
económico.
19. Al aplicar estos procedimientos el C.P.I. debe
considerar, qué tipos de situaciones requirieron ajustes contables en los
períodos precedentes, adicionalmente:
- Indagará acerca de las decisiones tomadas en Asambleas de
Accionistas y Reuniones de la Junta Directiva, que puedan afectar los estados
financieros.
- Analizará los estados financieros, a fin de considerar,
sobre la base de la información en revisión, si los mismos, están presentados
de acuerdo con los Principios de Contabilidad de Aceptación General.
- Obtendrá
dictámenes de los auditores anteriores.
- Indagará ante personas que hayan tenido responsabilidad en
asuntos financieros y contables, en lo
concerniente a:
• La certeza de que todas las operaciones hayan sido
registradas.
• La certeza de que los estados financieros hayan sido elaborados
de conformidad con Principios de Contabilidad de Aceptación General.
• Los cambios en el giro o actividades o en los Principios
de Contabilidad de Aceptación General de la entidad, y
• Asuntos sobre los cuales se presentaron interrogantes en
el transcurso de la aplicación de los procedimientos.
20. La selección de los procedimientos de revisión
específicos por aplicar en un compromiso determinado es cuestión de criterio
del C.P.I. quien se guiará por:
- El conocimiento obtenido al llevar a cabo las revisiones
de los estados financieros;
- El entendimiento alcanzado sobre las actividades de la
entidad
- Su conocimiento de los principios y prácticas contables
del sector económico dentro del cual opera la entidad;
- El sistema contable de la entidad;
- La medida en que una partida determinada haya sido
afectada por el criterio de la Gerencia.
- La materialidad de las transacciones y saldos de cuentas.
21. El C.P.I. debe indagar sobre los hechos posteriores a la
fecha de los estados financieros que pudiera requerir un ajuste o revelación en
estos el C.P.I. no tiene ninguna responsabilidad de aplicar algún procedimiento
para identificar hechos ocurridos después de la fecha de su informe.
22. El C. P.I. debe documentar en sus papeles de trabajo la
labor realizada y los resultados de los procedimientos de revisión empleados,
en particular, la manera en que se resolvieron los problemas surgidos.
23. Los resultados de los procedimientos del C.P.I. pudieran originar a dudas sobre la
integridad o exactitud de los estados financieros. Cuando esto ocurra, el C.P.I. debe aplicar procedimientos adicionales que
estime necesarios, que le permitan expresar una certeza negativa o llegar a la
conclusión de que se requiere una salvedad.
24. Basándose en el trabajo realizado, el C.P.I. debe
evaluar la existencia de elementos que le permitan inferir que la información
revisada esté presentada razonablemente de conformidad con los Principios de
Contabilidad de Aceptación General en caso contrario, debe solicitar que se
hagan las correcciones necesarias en los estados financieros, o actuar de
acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.
INFORME DEL CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE
25. Los estados financieros revisados limitadamente por un
C.P.I. deben estar acompañados de un informe que indique que:
- Se hizo una revisión de acuerdo con la norma para la
revisión limitada de los estados financieros establecidos por la Federación de
Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.
- Todas las informaciones incluidas en los estados
financieros constituyen representaciones y responsabilidades de la Gerencia
(dueños) de la entidad.
- Una revisión limitada consiste principalmente de
averiguaciones hechas al personal de la entidad y procedimientos analíticos
aplicados a los datos financieros.
- Una revisión limitada tiene menos alcance que una
auditoría la cual se efectúa con el propósito de expresar una opinión en cuanto
a los estados financieros tomados en su conjunto, mientras que en una revisión
limitada expresa una opinión de acuerdo con esta norma.
- El C.P.I. no tiene conocimiento de modificación importante
que deba hacerse en los estados financieros para que éstos estén de conformidad
con los Principios de Contabilidad de Aceptación General, excepto por aquellas
modificaciones, en el caso que existiesen, indicadas en su informe.
La fecha del informe debe ser la fecha en que el C.P.I.
termine su compromiso de revisión limitada.
Cada página de los estados financieros revisados
limitadamente por el C.P.I. debe incluir una referencia tal como "Ver
Informe de Revisión Limitada del Contador Público Independiente".
DESVIACIONES DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE ACEPTACION
GENERAL
26. El C.P.I. al revisar los estados financieros, puede
darse cuenta de una desviación de los Principios de Contabilidad de Aceptación
General que son pertinentes a tales estados financieros. Si los estados financieros no se corrigen, el
C.P.I. debe considerar la modificación de su informe estándar revelando la desviación.
27. Si el C.P.I. concluye que la modificación de su informe
es apropiada, la desviación debe ser revelada en un párrafo separado de su
informe, incluyendo la revelación de los efectos de la desviación sobre los
estados financieros, si han sido determinados tales efectos por la Gerencia o
si ha llegado a su conocimiento como resultado de los procedimientos aplicados
por el CPI. Este no tiene la obligación
de determinar los efectos de una desviación si no lo ha hecho la Gerencia, con
tal que el C.P.I. indique en su informe que no se ha hecho tal determinación.
CARTA DE MANIFESTACIONES DE LA GERENCIA
28. El C.P.I., siguiendo la normativa establecida en la
Declaración sobre Normas y Procedimientos de Auditoría N° 3 (DNA-N° 3), deberá
obtener de su cliente manifestaciones escritas del trabajo efectuado de acuerdo
con esta norma de servicios especiales.
VISADO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
29. Los estados financieros y el informe del C.P.I., relacionados con los servicios
prestados descritos en esta norma, deben ser visados por el respectivo Colegio
de Contadores Públicos.
DEROGACION
30. Esta norma de servicios especiales deroga la sección
actual en las Normas sobre Servicios Especiales por Contadores Públicos
Independientes N° 01, dictadas por la
Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en el año 1981, en
todo lo referente a la revisión limitada de estados financieros.
VIGENCIA Y APROBACION
31. Vigencia y Aprobación
La presente norma sobre Servicios Especiales Prestados por
Contadores Públicos Independientes, fue aprobada para su publicación y
divulgación por el Directorio Nacional ampliado de la Federación de Colegios de
Contadores Públicos de Venezuela, celebrado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar
el 27 de noviembre de 1999 previa su consideración aprobación por el
Directorio de la Federación de Colegios
de Contadores Públicos de Venezuela, y su proceso de auscultación por su Comité
Permanente de Normas de Auditoría. Esta
Norma entra en vigencia a partir de su aprobación.
ANEXO I
EJEMPLOS:
Ejemplo de un contrato de servicio.
A la junta directiva.
Mediante la presente confirmamos nuestro entendimiento de
los términos y objetivos del compromiso acordado con ustedes y de la naturaleza
y limitaciones de los servicios que prestaremos.
Los servicios consisten en lo siguiente:
Revisaremos el balance general de la Compañía xxx al 31 de
diciembre de 20xx, y los correspondientes estados conexos de resultados, de
movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo, por el año
terminado en esa fecha, de conformidad con la norma sobre revisión limitada de
estados financieros SEPC-2 promulgada por la Federación de Colegios de
Contadores Públicos de Venezuela. No es
un examen de los estados financieros de acuerdo con Normas de Auditoría de aceptación
General la que llevaremos a cabo, y por consiguiente, expresaremos una opinión
de acuerdo con lo establecido en la norma.
Conforme a esto, emitiremos nuestro informe sobre los estados
financieros.
La responsabilidad de los estados financieros, incluyendo la
adecuada revelación de los hechos, es de
la Gerencia de la entidad. Esta
responsabilidad incluye el mantenimiento de los registros contables y controles
internos apropiados, así como la selección y aplicación de las políticas
contables pertinentes. (Como parte de nuestro trabajo de revisión,
solicitaremos manifestaciones escritas de la gerencia concernientes a las
afirmaciones efectuadas en relación con dicho trabajo). No puede tomarse nuestro compromiso como un
medio para descubrir errores, irregularidades o actos ilícitos, incluyendo
fraudes o malversación, que pudieran existir.
Sin embargo, informaremos a ustedes de tales hechos si llegáramos a
tener conocimiento de su existencia.
Hemos estimado los honorarios en:
Le agradecemos se sirvan firmar la copia adjunta y
devolverla en señal de su conformidad con las condiciones del mencionado
compromiso de revisión limitada de sus estados financieros.
ANEXO II
MODELO DE INFORME DE REVISIÓN LIMITADA SIN
SALVEDAD
DIRIGIDO A:
He (hemos) revisado limitadamente el balance general adjunto
de
(La Compañía ABC) al (31/X/2000) y los estados conexos de
resultados, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo
por el año finalizado en esa fecha, de acuerdo con la norma SEPC-2 de servicios
especiales sobre la revisión limitada de estados financieros establecida por la
Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La preparación de dichos estados financieros
es responsabilidad de la Gerencia de la compañía. Mi (nuestra) responsabilidad es emitir
una opinión limitada sobre esos estados
financieros con base a la Norma de Servicios Especiales mencionada
anteriormente.
Una revisión limitada consiste principalmente en
averiguaciones hechas con el personal de la Compañía y procedimientos
analíticos aplicados a datos financieros que le proporcionan al Contador
Público Independiente una base razonable para expresar una opinión limitada de
que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros
para que estén de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados. Por lo tanto, no he (hemos)
realizado una auditoría, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los
estados financieros tomados en conjunto.
Por consiguiente, no expreso (expresamos) tal opinión.
En base a mi (nuestra) revisión limitada no estoy (estamos)
en conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a los
estados financieros adjuntos para que estén de conformidad con los Principios
de Contabilidad de Aceptación General.
Carreño, Pérez y Asociados
(firma autógrafa)
Lic. José Carreño P.
Contador Público
CPC xxx
Fecha:
ANEXO III
EJEMPLOS DE DICTAMEN DE REVISIÓN LIMITADA CON SALVEDADES
Dictámenes con salvedad debido a una desviación de la Norma
de Servicios Especiales
DIRIGIDO A:
He (hemos) revisado limitadamente el balance general adjunto
de (La Compañía ABC) al (31/X/2000) y los estados conexos de resultados, de
movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo por el año
finalizado en esa fecha, de acuerdo con la norma SEPC-2 de servicios especiales
sobre la revisión limitada de estados financieros establecida por la Federación
de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La preparación de dichos
estados financieros es responsabilidad de la Gerencia de la Compañía. Mi (nuestra) responsabilidad es emitir una
opinión limitada sobre esos estados financieros con base a la Norma de
Servicios Especiales mencionada anteriormente.
Una revisión limitada consiste principalmente en
averiguaciones hechas con el personal de la Compañía y procedimientos
analíticos aplicados a datos financieros que le proporcionan al Contador
Público Independiente una base razonable para expresar una opinión limitada de
que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros
para que estén de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados. Por lo tanto, no he (hemos)
realizado una auditoria cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los
estados financieros tomados en conjunto.
Por consiguiente, no expreso (expresamos), tal opinión.
La Gerencia me (nos) ha informado que el inventario ha sido
determinado por un monto que excede a su valor neto realizable.
El cálculo de la Gerencia, que he (hemos) revisado, muestra
que el inventario, de haberse determinado al costo o al valor neto realizable,
el valor más bajo, habría disminuido en Bs.
_______________________.
En base a mi (nuestra) revisión limitada, y excepto por los
efectos de la sobre valuación del inventario que se describe en el párrafo
anterior, no estoy (estamos) en conocimiento de ninguna modificación importante
que deba hacerse a los estados financieros adjuntos para que estén de
conformidad con los Principios de Contabilidad de Aceptación General.
Carreño, Pérez y Asociados
(firma autógrafa)
Lic. José Carreño R
Contador Público
CPC xxx
Fecha:
ANEXO IV
EJEMPLO DE DICTAMEN DE REVISION LIMITADA CON SALVEDADES
Ejemplo de Dictamen adverso debido a una desviación de los Principios
de Contabilidad de Aceptación General
DIRIGIDO A:
He (hemos) revisado limitadamente el balance general adjunto
de (La Compañía ABC) al (31/X/2000) y los estados conexos de resultados, de
movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo por el año
finalizado en esa fecha, de acuerdo con la norma SEPC-2 de servicios especiales
para la revisión limitada de estados financieros establecida por la Federación
de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La preparación de dichos estados financieros
es responsabilidad de la Gerencia de la compañía. Mi (nuestra) responsabilidad
es emitir una opinión limitada sobre esos estados financieros con base a la
Norma de Servicios Especiales mencionadas anteriormente.
Una revisión limitada consiste principalmente en
averiguaciones hechas con el personal de la Compañía y procedimientos
analíticos aplicados a datos financieros que le proporcionen al Contador
Público Independiente una base razonable para expresar una opinión limitada de
que no habría que hacer modificaciones importantes a los estados financieros
para que estén de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados. Por lo tanto, no he (hemos)
realizado una auditoría cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los
estados financieros tomados en conjunto.
Por consiguiente, no expreso (expresamos) tal opinión.
Como se indica en la nota X a los estados financieros, la
inversión en la compañía subsidiaria XXX totalmente poseída fue registrada
sobre la base del costo. Los Principios
de Contabilidad Generalmente Aceptados requieren que los estados financieros de
las subsidiarias totalmente poseídas sean consolidados.
En base a mi (nuestra) revisión limitada, en virtud de los
efectos importantes del asunto que se describe en el párrafo anterior, los
estados financieros adjuntos no están presentados de conformidad con los
Principios de Contabilidad de Aceptación General.
Carreño, Pérez y Asociados
(firma autógrafa)
Lic. José Carreño P.
Contador Público
CPC xxx
Fecha:
ANEXO V
Ejemplo de procedimientos que pueden emplearse en un compromiso
de revisión limitada de estados financieros.
Generalidades
1. Discutir los términos y alcance del compromiso con el
cliente y el equipo de trabajo.
2. Preparar una carta compromiso estableciendo los términos
y alcance del compromiso
3. Compenetrarse
adecuadamente del giro y actividades del cliente y del sistema de
registro de la información financiera y de preparación de los estados
financieros
4. Indagar si toda la información financiera ha sido o no
registrada:
• En forma completa,
• En forma oportuna, y
• Después de haber sido debidamente autorizada
5. Obtener el balance de comprobación y determinar si
coincide o no con el mayor general.
6. Considerar los resultados de los compromisos anteriores
de revisión, incluyendo los ajustes contables que se requirieron.
7. Indagar si se han producido o no cambios significativos
en la entidad a partir del año anterior (por ejemplo, cambios en la propiedad o
cambios en la estructura del capital).
8. Indagar acerca de las políticas contables y considerar:
• Si cumplen o no con las normas locales o internacionales
• Si se han aplicado o no en forma apropiada, y
• Si se han aplicado o no en forma consistente, y si no ha
sido así, considerar si se han hecho las revelaciones pertinentes sobre los
cambios habidos en dichas políticas contables.
9. Leer las actas de las juntas de accionistas, del consejo
de directores y de otros comités similares, a fin de identificar aquellos
aspectos que podrían resultar importantes para la revisión.
10. Indagar si las decisiones tomadas en las juntas de
accionistas, consejo de directores o comités similares, que tengan efectos en
los estados financieros han sido apropiadamente reveladas.
11. Indagar acerca de la existencia de transacciones con
entidades vinculadas, la forma en que han sido contabilizadas y la existencia o
no de revelación sobre dichas entidades vinculadas.
12. Indagar sobre la existencia de contingencias y
compromisos.
13. Indagar sobre la posibilidad de existencia de planes
para deshacerse de activos o de sectores importantes del negocio.
14. Obtener los estados financieros y discutirlos con la
gerencia.
1 5.Considerar la conformidad de las revelaciones existentes
en los estados financieros y su propiedad en cuanto a la clasificación y
presentación.
16. Comparar los resultados mostrados en los estados
financieros del período de revisión con aquellos mostrados en los estados
financieros de períodos comparativos anteriores, y, si es posible, con
presupuestos y pronósticos.
17. Obtener explicaciones de la gerencia con respecto a
cualesquier fluctuaciones desacostumbradas o inconsistencias encontradas en los
estados financieros.
18. Considerar el efecto de los errores no corregidos
tomados individualmente y en forma acumulada.
Someter dichos errores a consideración de la gerencia y determinar cómo
van a influir en su informe de revisión.
19. Obtener una carta de manifestaciones de la gerencia.
EFECTIVO EN CAJA Y BANCO
1. Obtener las conciliaciones bancarias. Indagar ante el personal del cliente acerca
de las partidas antiguas o inusuales en las conciliaciones.
2. Indagar acerca de las transferencias entre cuentas de
efectivo realizadas en los períodos anteriores y posteriores a la fecha de
revisión.
3. Indagar si existen o no restricciones en las cuentas de
efectivo en caja y bancos.
CUENTAS Y EFECTOS POR COBRAR
1. Indagar acerca de las políticas contables para el
registro inicial de las cuentas por cobrar comerciales y determinar si existe o
no algún tipo de descuento o bonificación sobre estas transacciones.
2. Obtener el anexo de las cuentas por cobrar y determinar
si el total coincide o no con el balance de comprobación.
3. Obtener y considerar las correspondientes explicaciones
sobre las variaciones significativas en los saldos de las cuentas de períodos anteriores o de los
períodos determinados por anticipados.
4. Obtener un análisis de antigüedad de los saldos e indagar
acerca de las razones de la existencia de cuentas inusuales elevadas, saldos
acreedores, o cualesquiera otros saldos desacostumbrados e indagar sobre la
cobrabilidad de las cuentas.
5. Discutir con la gerencia sobre la clasificación de las
cuentas por cobrar, incluyendo los saldos corrientes, saldos acreedores netos y
montos adeudados por accionistas, directores y entidades relacionadas, que
figuren en los estados financieros.
6. Indagar acerca de la metodología para identificar las
cuentas de lento movimiento para provisión de las cuentas de cobro dudoso, y
considerar su razonabilidad.
7. Indagar si las cuentas
por cobrar se han dado o no como prenda, como aval o en descuento.
8. Indagar sobre los procedimientos aplicados para
asegurarse de que se ha hecho un corte apropiado en las transacciones de venta
y devoluciones de venta.
9. Indagar si las cuentas representan o no mercancías
entregadas en consignación y, si fuera así, si se han hecho o no los ajustes
necesarios para reversar estas transacciones e incluir las mercancías en el
inventario.
10. Indagar si después de la fecha del balance general se han concedido créditos
importantes en relación con los ingresos registrados y si se han hecho o no las
correspondientes provisiones.
INVENTARIOS
1. Obtener el listado del inventario y determinar:
• Si el total coincide o no con el saldo del balance de
comprobación
• Si el listado se basa o no en el conteo físico de los
inventarios
2. Indagar sobre la metodología empleada para el conteo
físico
3. Si no se ha efectuado un conteo físico a la fecha del
balance general, indagar;
• Si se emplea o no un sistema de inventario perpetuo y si
se hacen o no comprobaciones periódicas de las cantidades físicas realmente
existentes,
• Si se utiliza o no un sistema de costos integrado y si el
mismo ha producido o no información contable en el pasado.
4. Discutir los ajustes hechos como consecuencia del último
recuento físico del inventario.
5. Indagar acerca de los procedimientos aplicados para
controlar el corte y los movimientos del inventario.
6. Indagar acerca de la base empleada para evaluar cada
categoría del inventarlo y, en particular, en lo que concierne a la eliminación
de utilidades ínter sucursales. Indagar
acerca de sí el inventario ha sido o no valuado al costo o al valor neto de
realización, el valor más bajo.
7. Considerar la consistencia de los métodos de valuación
que se han empleado con respecto a los inventarios, incluyendo los factores
tales como materiales, mano de obra, y gastos indirectos.
8. Comparar los montos de las categorías principales del
inventario con aquellos de los períodos anteriores y con aquellos que se han determinado por
anticipado respecto al período en revisión.
Indagar acerca de las principales fluctuaciones y diferencias
encontradas.
9. Comparar la rotación de inventarios, con aquellas de los
períodos anteriores.
10. Indagar acerca de la metodología empleada para
identificar inventarios lentos u obsoletos y acerca de si dichos inventarios
han sido o no contabilizados a su valor neto realizable.
11. Indagar si existen o no inventarios dados en
consignación al cliente, y si es así, si se han hecho o no los debidos ajustes
para excluirlos del inventario.
12. Indagar si existen o no inventarios en prenda,
almacenados en otros lugares o dados en consignación a terceros, y considerar
si estas transacciones han sido o no apropiadamente contabilizadas.
INVERSIONES
1. Obtener el anexo de inversiones a la fecha del balance
general y determinar si coincide o no con el balance de comprobación.
2. Indagar acerca de las
políticas contables aplicables a las inversiones.
3. Indagar con la gerencia acerca de los valores acumulados
de las inversiones.
4. Considerar si existen o no problemas de realización.
5. Considerar si ha habido o no una contabilización
apropiada de ganancias y pérdidas e ingresos por concepto de inversión.
6. Indagar acerca de la reclasificación en los rubros de
largo plazo y corto plazo.
PROPIEDADES, MOBILIARIO Y EQUIPO
1. Obtener el anexo de la propiedad en mobiliarios y
equipos, con indicación del costo y depreciación acumulada y determinar si
coincide o no con el balance de comprobación.
2. Indagar acerca de las políticas contables aplicadas con
respecto a la depreciación acumulada.
Considerar si la propiedad en mobiliarios y equipos ha sufrido algún
deterioro importante y permanente a su valor.
3. Indagar con la gerencia las adiciones y retiros en las
cuentas de activos en mobiliarios y equipos y la contabilización de ganancias y
pérdidas por ventas o retiros. Indagar
si todas las transacciones han sido o no contabilizadas.
4. Indagar sobre la consistencia en la aplicación de los
métodos y tasas de depreciación y comparar las provisiones por depreciación,
con aquellas de períodos anteriores.
5. Indagar si existen o no gravámenes sobre las propiedades
en mobiliarios y equipos.
6. Discutir si los compromisos de arrendamiento se
encuentran apropiadamente reflejados en los estados financieros de conformidad
con los pronunciamientos contables vigentes.
GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADOS, ACTIVOS
INTANGIBLES Y OTROS ACTIVOS
1. Obtener los anexos que identifiquen la naturaleza de estas cuentas y discutir con la
gerencia acerca de la recuperabilidad de las mismas.
2. Indagar acerca de la base utilizada para registrar estas
cuentas y los métodos de amortización aplicados.
3. Comparar los saldos de las correspondientes cuentas de
gasto con aquellos periodos anteriores y discutir con la gerencia las
variaciones significativas.
4. Discutir con la gerencia la clasificación en corto plazo
y largo plazo efectuada.
PRESTAMO POR PAGAR
1. Obtener de la gerencia el anexo de préstamos por pagar y
determinar si el total coincide o no con el balance de comprobación.
2. Indagar si existen o no préstamos por los cuales la
gerencia no ha cumplido con las estipulaciones del respectivo convenio y, si es
así, indagar sobre las acciones tomadas por la gerencia y si se han hecho o no
los ajustes apropiados en los estados financieros.
3. Considerar la razonabilidad del gasto por intereses en
relación con los saldos de préstamos.
4. Indagar si los préstamos por pagar están o no
garantizados.
5. Indagar si los préstamos por pagar se les ha clasificado
debidamente o no como corrientes y no corrientes.
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES
1. Indagar acerca de las políticas contables referentes al
registro inicial de las cuentas por pagar comerciales y acerca de si la
gerencia está autorizada o no con respecto algún tipo de rebajas o
bonificaciones sobre estas transacciones.
2. Obtener y considerar las correspondientes explicaciones
sobre las variaciones significativas en los saldos de cuenta de periodos
anteriores o en los saldos determinados por anticipo.
3. Obtener el anexo de cuentas por pagar comerciales,
determinar si el total coincide o no con el balance de comprobación.
4. Indagar si los saldos son o no conciliados con los
estados de cuenta de los acreedores y comparados con los saldos del periodo
anterior. Comparar la rotación de
cuentas por pagar comerciales con la de los periodos anteriores.
5. Considerar si existen o no obligaciones importantes no
registradas.
6. Indagar si se muestran o no en forma separada las cuentas
por pagar a los accionistas, directores y otros entes vinculados.
OBLIGACIONES ACUMULADAS Y CONTINGENCIAS
1. Obtener el anexo de obligaciones acumuladas y determinar
si el total coincide o no con el balance de comprobación.
2. Comparar los saldos principales de las correspondientes
cuentas de gasto con los de las cuentas similares de periodos anteriores.
3. Indagar acerca de las autorizaciones respecto a tales
obligaciones, condiciones de pago, cumplimiento de las condiciones, garantías
colaterales y clasificación.
4. Indagar acerca de la metodología para determinar las
obligaciones acumuladas.
5. Indagar acerca de la naturaleza de los montos incluidos
entre las obligaciones y compromisos contingentes.
6. Indagar si existen o no obligaciones reales contingentes
que no han sido registradas en libros.
Si fuera así, discutir con la gerencia si deben hacerse o no las
provisiones en las cuentas o si debe hacerse o no la revelación en notas a los
estados financieros.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y OTROS IMPUESTOS
1. Indagar ante la gerencia si existen hechos, incluyendo
litigios con las autoridades fiscales, que pudieran tener un efecto
significativo sobre los impuestos por pagar de la entidad.
2. Considerar el gasto en tributos en relación con los
ingresos de la entidad, por el periodo en revisión.
3. Indagar ante la
gerencia sobre la conformidad de las obligaciones tributarias diferidas y corrientes que figuren registradas,
incluyendo las provisiones por los periodos anteriores.
HECHOS POSTERIORES
1. Obtener de la gerencia los más recientes estados
financieros a fecha intermedia y compararlos con los estados financieros en
revisión o con aquellos de periodos comparativos del año anterior.
2. Indagar acerca de hechos posteriores a la fecha del
balance general que pudieran tener un efecto material sobre los estados
financieros en revisión e indagar, en particular:
• Si han surgido o no compromisos o incertidumbres
sustanciales posteriormente a la fecha del balance de general.
• Si a la fecha de revisión se han producido o no cambios
significativos en el capital accionario, en la deuda a largo plazo o en el
capital de trabajo, y
• Si se han hecho ajustes inusuales durante el periodo
transcurrido entre la otra fecha del balance general y la fecha de la revisión.
Considerar las necesidades de ajustes o revelaciones en los
estados financieros.
3. Obtener y leer las actas de las asambleas de accionistas,
directorios, y comités que sean pertinentes, celebradas con posterioridad a la
fecha del balance general.
LITIGIOS
1. Indagar ante la
gerencia si la entidad está expuesta a posibles riesgos o efectos derivados de
acciones legales pendientes o en proceso.
Considerar el efecto de éstas en los estados financieros.
PATRIMONIO
1. Obtener y considerar el anexo del movimiento de las
cuentas de patrimonio, incluyendo nuevas emisiones, retiros y dividendos.
2. Indagar si
existen restricciones sobre las utilidades acumuladas (retenidas) o sobre otras
cuentas de patrimonio.
OPERACIONES
1. Comparar los resultados en revisión con aquellos de los
periodos anteriores y aquellos que se esperan en el periodo en curso. Discutir las variaciones significativas con
la gerencia.
2. Discutir si el reconocimiento de las principales ventas y
gastos ha tenido o no lugar en los periodos apropiados.
3. Considerar las partidas extraordinarias e inusuales.
4. Considerar y discutir con la gerencia las relaciones
existentes entre partidas afines de las cuentas de ingresos y evaluar su
razonabilidad en el contexto de similares relaciones de los periodos anteriores
y de otra información de que disponga el independiente.
IX ASAMBLEA NACIONAL DE LA FCCPV
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