lunes, 10 de junio de 2013

Impactos contables a considerar de la Nueva LOTTT a un año de su publicación

En la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.076 de fecha 7 de mayo de 2012, fue publicado el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Nº 8.938, emanado de la Presidencia de la República, mediante el cual se dicta la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras. Entre los principales impactos contables de esta Ley están: 1. Régimen dual de prestaciones sociales. 2. Retroactividad de las prestaciones sociales desde 1997. 3. Indemnización por despido a elección del empleado. 4. Incremento de los períodos de prescripción. 5. Incremento de los días base para bono vacacional y utilidades. Todos estos beneficios se definen como beneficios a los empleados y se encuentran dentro del alcance de la Norma Internacional de Contabilidad Nº 19 (NIC-19). La Norma Internacional de Contabilidad Nº 19 (NIC-19) “Beneficios a los Empleados” establece la forma en que los empleadores deben tratar contablemente y revelar información acerca de los beneficios a los trabajadores; identifica 4 categorías de beneficios a los trabajadores: beneficios a corto plazo, beneficios post retiro, beneficios a largo plazo y beneficios por terminación, cada uno de estos con tratamientos contables y requerimientos de presentación diferentes. Calculo Actuarial Una entidad utilizará el método de la unidad de crédito proyectada para medir su obligación por beneficios definidos y el gasto relacionado si tiene posibilidad de hacerlo sin un costo o esfuerzo desproporcionado. Si los beneficios definidos se basan en salarios futuros, el método de la unidad de crédito proyectada requiere que una entidad mida sus obligaciones por beneficios definidos sobre una base que refleje los incrementos de salarios futuros estimados. Calculo Simplificado a) Ignorar los incrementos de los salarios futuros estimados (suponer que los salarios actuales se mantendrán); b) Ignorar la posible mortalidad en servicio de los empleados actuales entre la fecha sobre la que se informa y la fecha en que se espera en que los empleados comiencen a recibir los beneficios post-empleo (suponer que todos los empleados actuales recibirán los beneficios post-empleo). Sin embargo, aún se necesita considerar la mortalidad después de la prestación del servicio (es decir, la esperanza de vida). Una entidad que aproveche las simplificaciones de medición anteriores debe, no obstante, incluir los beneficios consolidados y no consolidados en la medición de su obligación por beneficios definidos. ACLARATORIA JUNIO DE 2012 FCCPV Cuando la entidad aplique los VEN-NIF GE, para la medición del pasivo derivado del nuevo régimen de prestaciones sociales establecido en la LOTTT en cada fecha en la que se informa y al cierre de cada ejercicio, después de evaluar la factibilidad de realizar un estimado fiable utilizando cálculos actuariales y concluir que tal procedimiento fuera impracticable tomando en consideración la relación costo beneficio establecida en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros, puede utilizar aplicar el método simplificado. Estamos a sus órdenes si desea profundizar sobre cualquiera de los conceptos acá indicados

1 comentario:

  1. Hola.Me gustaría compartir con ustedes este artículo:
    IMPACTO DE LA LOTTT 2012 EN LA MEDICIÓN, REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE LAS PRESTACIONES SOCIALES EN LOS ESTADOS FINANCIEROS. Publicado en la REVISTA DE INFORMACIÓN FINANCIERA GERENCIA Y CONTROL editada por la FEDERACIÓN DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Julio-Diciembre 2012.
    Disponible en: https://dl.dropboxusercontent.com/u/66589706/8.%20Paper%20LOTTT%202012.docx

    Gracias.

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