viernes, 14 de diciembre de 2012

SEPC-7


DIRECTORIO NACIONAL AMPLIADO 27 y 28 DE AGOSTO DE 2011
SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS NÚMERO SIETE
(SEPC – 7)

“SERVICIOS PRESTADOS POR EL CONTADOR PÚBLICO EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO”  DIRECTORIO NACIONAL AMPLIADO
CARACAS, DISTRITO CAPITAL
VIERNES 27 Y SÁBADO 28 DE  AGOSTO DE 2011
INTRODUCCIÓN
1. La  presente Declaración trata sobre Servicios Especiales prestados por el Contador Público en el Ámbito Tributario
2. Es importante destacar y resaltar que antes de iniciar un trabajo bajo este enfoque, el Contador  Público  Independiente, deberá suscribir un contrato de servicio con el contratante, a fin de delimitar la naturaleza de su trabajo y el alcance del mismo. Al respecto, entre los principales aspectos contentivos de dicho contrato se mencionan a continuación: Naturaleza del trabajo, propósito, identificación de la información a revisarse, honorarios  profesionales, indicar que  la   gerencia debe de entregar una carta de representación sobre la información suministrada por  dicha  entidad  y cualquier otro aspecto que el Contador Público considere necesario.
BASE LEGAL
3. La siguiente normativa establece la  emisión de un Informe de Preparación y/o de Revisión, a los  Contadores Públicos que  participen en la determinación de tributos, especialmente  el  Impuesto  sobre  la  Renta,  y  otras  actuaciones  en  el  Ámbito Tributario, tomando como criterio legal lo  contemplado en el “Código Orgánico Tributario, Ley de Impuesto sobre la Renta y su Reglamento.
OBJETIVO
4. El objetivo de esta normativa es establecer el alcance del servicio que presta el Contador  Público  cuando  desarrolla  actividades  orientadas  a  la preparación, revisión de las declaraciones de tributos específicos  y / o asesoramiento  en materia tributaria.
ALCANCE
5. Esta  norma  debe  ser  aplicada  por  todos  los  Contadores  Públicos  que  realicen cualquiera de las siguientes actividades en su ejercicio profesional:
5.1. Cuando actúa como trabajador bajo relación de dependencia, de acuerdo con  la normativa laboral.
5.2. Cuando  actúa  indistintamente  como  asesor  tributario,  elabora  los  registros  de contabilidad o prepara los estados financieros.
5.3. Cuando actúa como Contador Público Independiente.
CONSIDERACIONES
CONSIDERANDO
6. Que la Contaduría Pública tiene como fin  satisfacer necesidades de la sociedad, mediante  la  medición,  evaluación,  ordenamiento,  análisis e  interpretación de  la información  financiera  de  las  empresas  o  los  individuos  y  la  preparación  de informes sobre la correspondiente situación financiera, sobre los cuales se basan las decisiones de los empresarios, inversionistas, acreedores, demás terceros interesados y el Estado acerca del futuro de dichos entes económicos.
CONSIDERANDO
7. Que  el  Contador  Público,  sea  en  las  entidades  públicas  o  privadas  un  factor determinante y  directa intervención en la vida de dichos organismos, obligado a velar por los intereses  económicos de la comunidad, entendiéndose por ésta no solamente a las personas naturales o jurídicas vinculadas directamente a la empresa sino a la sociedad en general y naturalmente el Estado y que la sociedad en general y  las  empresas  en  particular  son  unidades económicas  sometidas  a  variadas influencias externas.
CONSIDERANDO
8. Que el ejercicio de la Contaduría Pública cumple por sobre todos los temas una función social, especialmente a través de la presunción de veracidad que se otorga en beneficio del orden y la seguridad en las revelaciones financieras entre el Estado y los particulares con el objeto de asegurar el adecuado sustento del gasto público a través de los ingresos fiscales producto de la recaudación tributaria.
CONSIDERANDO
9. Que el Código Orgánico Tributario en su artículo 116 prevé como delito sancionado con pena privativa de la libertad la defraudación tributaria alcanzando dentro de su ámbito de aplicación a profesionales y técnicos que presten apoyo al contribuyente incurso  en  tal  ilícito  mediante  sus  conocimientos,  técnicas  o  habilidades  a  la comisión de dicha falta. Teniendo como salvedad en  caso de interpretaciones de leyes  y  reglamentos  de  naturaleza tributaria  lo  establecido  en  el  artículo  88.
Parágrafo Único que cita en relación a las responsabilidades por dictámenes profesionales  y  establece   “No  constituyen suministro  de  medios,  apoyo   ni participación en  ilícitos tributarios, las opiniones o dictámenes de profesionales y técnicos en los  que  expresen interpretaciones de los textos legales y reglamentarios relativos a los tributos en ellos establecidos.”
CONSIDERANDO
10. Que el Impuesto sobre la Renta, principal tributo nacional, así como otros tributos, son   determinados sobre la base de información eminentemente financiera y es el Contador Público, el  profesional especialista  formado  e informado para que en última instancia determine la obligación tributaria.
CONSIDERANDO
11. Que  la  Ley  de  Impuesto  sobre  la  Renta  en  su  artículo 90,  así  como  en  otras normativas de contenido tributario,  prevén la obligación para los contribuyentes de llevar libros y registros  preparados de acuerdo a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el país así como de mantener soportes suficientes que constituyan medios integrados de control fiscal para  ayudar a la Administración Tributaria en su potestad fiscalizadora que expresamente señalen las  normas de contabilidad que a los fines se establezcan.
ACUERDO
12. Promulgar la norma de Servicios Especiales Prestados por el Contador Público en el ámbito Tributario.
CONTRATO DE SERVICIO
13. Para los casos previstos en los numerales 2° y 3° de la sección del alcance y de conformidad con lo dispuesto en el Código de Ética Profesional, el contador público deberá celebrar un contrato por escrito con  su cliente, en el cual se especifiquen las condiciones  y  alcance  de  sus  servicios,  así  como  todo  lo  relacionado  con  sus honorarios y gastos en que incurra en la ejecución de su trabajo. En este sentido, el contador público deberá asegurarse de que haya una clara comprensión por parte del cliente de los términos del compromiso.
14. En tal sentido  el Contador Público,  debe considerar  la inclusión de  los puntos siguientes:
a) Identificación del cliente.
b) Identificación del Contador Público.
c) El Alcance del servicio a realizar, por ejemplo:
c.1 Elaboración o Revisión de la Declaración Definitiva del Impuesto sobre la Renta.
c.2 Elaboración o Revisión de la Declaración Estimada de Impuesto sobre la Renta
c.3 Elaboración o Revisión del cálculo del ajuste por inflación inicial o regular
c.4 Elaboración de la Declaración Jurada de Ingresos Brutos del Impuesto Municipal a las Actividades
Económicas
c.5 Revisión de deberes formales y sustanciales en cualquier materia tributaria
c.6 Asesoría  en  cuanto a cualquier tipo de tributo.
d) Estimado de tiempo para el desarrollo  del trabajo
e) Honorarios profesionales, gastos y condiciones de pago.
f) Informe a emitir con sus respectivas copias de los papeles de trabajo.
g) Indicar  que  la  gerencia  debe  entregar  una  carta  de representación    sobre  la información suministrada por dicha entidad.
h) Cualquier otro que el Contador Público juzgue necesario.
i) En el caso de que el Contador Público no sea independiente en la preparación de los Estados
Financieros, deberá indicar esta  situación.
INFORME
A.- INFORME DEL C.P.C.
El trabajo de preparación, revisión y o asesoría a que se refiere esta norma debe estar acompañado de un  informe emitido por el Contador Público, que  deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:
1. Identificación del Cliente
2. A quien va dirigido el informe
3. Objetivo del informe
4. Un párrafo que indique que el trabajo fue efectuado de acuerdo con la  Norma para la Preparación, Revisión y o Asesoría de declaraciones Tributarias.
5. Un párrafo que indique el alcance del trabajo
6. Que  todas  las  informaciones  incluidas  en  los  estados financieros constituyen representaciones  y responsabilidades de la gerencia de la entidad o persona natural según sea el caso.
7. Que no fuimos contratados para emitir una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto.
B.- NOTAS REVELATORIAS
Las notas revelatorias deben narrar claramente toda la información inherente al trabajo contratado, especialmente deberá revelar:
a) Datos del cliente, tales como razón social, identificación del Registro de Información Fiscal (RIF), domicilio, objeto de comercio
b) Información suficiente sobre el trabajo efectuado. Por ejemplo en el caso de la  determinación de  la obligación tributaria del  impuesto  sobre la renta, deberá contener un resumen de los papeles de trabajo relativos a:
c) Conciliación fiscal de rentas.
d) Ajuste inicial y regular por inflación
e) Detalle de las partidas que se incluyen en la declaración de impuesto sobre la renta.
f) Cálculo del gasto de impuesto sobre la renta de ejercicio
g) Créditos fiscales compensados en el ejercicio
h) Rebajas por nuevas inversiones
i) Y cualquier otra revelación que sea necesaria a juicio del Contador Público.
MODELOS DE PRESENTACIÓN DEL INFORME
INFORME DEL CONTADOR PÚBLICO SOBRE SERVICIOS TRIBUTARIOS CUANDO   NO   ES   INDEPENDIENTE  A  LOS  ESTADOS   FINANCIEROS
Hemos sido   contratados con el objeto de (determinar, revisar o asesorar) en (indicar el servicio  específico  contratado)  por  el  período  que  va  desde  (indicar  el  período),  de (IDENTIFICAR LA ENTIDAD).
Efectuamos nuestro trabajo de acuerdo con las normas establecidas en la SEPC  N° 7, emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.
El alcance  de nuestro trabajo fue  (determinar, revisar o asesorar)  (indicar en  qué consiste la obligación tributaria) en cuanto al (identificar el tributo), por lo que efectuamos el mismo en base a la normativa legal vigente que rige la materia.
Toda la información financiera preparada por la entidad que sirvió de base para efectuar nuestro trabajo constituye representación y responsabilidad de la gerencia de la entidad (o de la persona natural según sea el caso).
Lcdo. xxxxxxxxx
C.P.C.N° Xxxx
En (Ciudad) a los xx días del mes de xxxxxx del año xxxx.
INFORME  DEL  CONTADOR  PÚBLICO  SOBRE  SERVICIOS TRIBUTARIOS CUANDO ÉSTE ES CONTRATADO PARA DICTAMINAR SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Hemos sido  contratados con el objeto de (preparar, revisar o asesorar) el / la (indicar el servicio  específico  contratado)  por  el  período  que  va  desde  (indicar  el  período),  de (IDENTIFICAR LA ENTIDAD).
Efectuamos nuestro trabajo de acuerdo con las normas establecidas en la SECP N° 7, emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.
Simultáneamente fuimos contratados y  efectuamos una auditoría a los Estados Financieros de (identificar la entidad y fecha de los estados financieros), cuyo objetivo es la de expresar una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto, (indicar si a la fecha del informe  se  ha  emitido  una  opinión  sobre   los estados  financieros  de  la  entidad). Procedimiento que realizamos previo al trabajo relacionado con los “Servicios Especiales Prestados por el Contador Público en el Ámbito Tributario” N. 7, antes referido.
El  alcance  de  nuestro  trabajo  fue determinar  la  obligación tributaria  en  cuanto  al (identificar  el tributo), por lo que efectuamos el mismo en base a nuestro leal saber y entender  de  las  normas que  rigen la  materia  en Venezuela,  las  cual  se  encuentran establecidas principalmente en la Ley (identificar la Ley y su reglamento según sea el caso) vigente. Toda la  información financiera que sirve de base para efectuar nuestro trabajo constituye representación y responsabilidad de la gerencia de la entidad (o de la persona natural según sea el caso).
Lcdo. Xxxxxxx
C.P.C.N° Xxxx
En (Ciudad) a los xx días del mes de xxxxxx del año xxxx.
APROBACIÓN  Y  VIGENCIA
Este boletín fue aprobado en el Directorio Nacional realizado en caracas  el día 26 de agosto  de 2010 y en el Directorio Nacional Ampliado de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, celebrado en la ciudad de Caracas, los días 27 y 28 de agosto de 2010, y entrará en vigencia a partir de su publicación.
ANEXO 1
EJEMPLO DE INFORMACIÓN REQUERIDA PARA CIERTAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS.
De acuerdo al espíritu y propósito de esta norma, la misma va dirigida principalmente a las Declaraciones de  Impuesto sobre la Renta, tanto de personas naturales como jurídicas, a continuación se  indica  la  información  mínima  necesaria  de  la  cual  debe disponer  el Contador Público para realizar un trabajo de Preparación:
1.    Estados financieros al inicio y cierre del ejercicio fiscal.

2. Movimientos de cuentas que por su naturaleza afectarán la conciliación fiscal, tales como: Apartados para cuentas de cobro dudoso y obsolescencia de inventarios, pasivos por provisiones diversas (Por ejemplo:  Seguro Social Obligatorio, Régimen Prestacional de Empleo, Fondo de Ahorro Obligatorio), gastos  considerados como no deducibles, tales como  las  multas,  egresos  causados  en  el  exterior  sin  ingresos  conexos,  dividendos recibidos, entre otros.
3. Registros  auxiliares  de  las  cuentas  que  afectan  el  sistema  de  ajuste  por  inflación establecido en la Ley de impuesto sobre la renta, tales como:
- Libro auxiliar de activo fijo, que indique al menos fecha de adquisición, fecha de puesta en actividad, vida útil asignada, valor de salvamento, depreciación del ejercicio y depreciación acumulada.
- Auxiliar de inventarios, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento.
-Movimiento de las cuentas del patrimonio, que indiquen fechas de aumentos y disminuciones y  los conceptos de tales variaciones, por ejemplo: aumentos del capital social, decretos de dividendos,  capitalizaciones de deudas, reposición de pérdidas, entre otras.
- Movimiento de las cuentas de exclusiones fiscales históricas al patrimonio, tales como: Cuentas por  cobrar  a accionistas,  relacionadas  y partes vinculadas,  activos que generan rentas exentas o  exoneradas, entre otras.
- Para otras partidas no  monetarias, tales como  inversiones, gastos  prepagados, cargos diferidos, créditos diferidos, entre otras,  se deberá solicitar el movimiento de las mismas, que indiquen las fechas en que se ocasionaron, y dependiendo del tipo de activo o pasivo no monetario, para lo cual deberá prestar especial atención a los requerimiento de la Ley y su Reglamento.
4. En caso de entidades que hayan obtenido rentas de fuente extraterritorial, se deberá requerir un detalle de tales actividades, como ingresos, costos y deducciones, además de los comprobantes que soporten los créditos fiscales extranjeros.
5. En caso que la entidad mantenga inversiones en jurisdicciones de baja imposición fiscal, deberá requerir un detalle conforme a lo establecido en  la  Ley y su Reglamento.
6. En  caso  que  la  entidad  haya  efectuado  operaciones  con partes  vinculadas  en  el extranjero, deberá comprobar el cumplimiento con el principio de libre concurrencia para todas estas operaciones, así como preparar la documentación comprobatoria y declaración informativa de operaciones realizadas con partes vinculadas (FORMA PT-99)
7. Comprobantes de retenciones varias que comprueben la totalidad de las retenciones de impuesto efectuadas a la entidad durante el ejercicio.
8. Declaración estimada de impuesto sobre la renta, en caso de que la haya presentado (solo cuando sea obligatorio), así como los comprobantes de pago de las distintas porciones de dicho impuesto.
9. Comprobantes  que  soporten  debidamente  las  Rebajas  de impuesto  por  nuevas inversiones efectuadas durante el ejercicio.
10. Soportes de la Compensación de créditos fiscales.
11. Cualquier otro aspecto que afecte la determinación de  este tributo, según la Ley, su Reglamento y demás normativa aplicable.
NOTA: La información indicada en los puntos anteriores, es meramente referencial por lo que  el  Contador  Público  actuante deberá  prestar  especial  atención  a  otros  elementos necesarios para el desarrollo de su  trabajo que no se encuentran listados en los ejemplos contenidos en esta norma.
ANEXO 2
MODELO DE CONTRATO DE SERVICIOS.
EJEMPLO DE UN CONTRATO DE SERVICIO   A  LA  JUNTA  DIRECTIVA:
Mediante la presente confirmamos  nuestro entendimiento de los términos y objetivos del compromiso  acordado con ustedes y de la naturaleza y limitaciones de los servicios que prestaremos.
Los servicios consisten en lo siguiente:
(Prepararemos/Revisaremos)   la declaración de (identificar el tipo de declaración) por el período  que  va  desde  el  xx-xx-20x1  hasta  el xx-xx-20x2,  y  los  correspondientes,  de conformidad  con  la  norma   sobre  revisión  limitada  de  estados  financieros  SEPC-X promulgada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. No es un examen de los estados financieros de acuerdo con Normas  de  Auditoría de Aceptación General la que llevaremos a cabo, y por consiguiente, no emitiremos una  opinión sobre dichos estados financieros.
La responsabilidad de los estados financieros, incluyendo la adecuada revelación de los hechos, es de la Gerencia de la entidad. Esta responsabilidad incluye el mantenimiento de los registros contables y controles internos apropiados, así como la selección y aplicación de las políticas contables pertinentes. Como parte  de nuestro trabajo de  (preparación / revisión),  solicitaremos manifestaciones  escritas  de  la  gerencia   concernientes  a  las afirmaciones  efectuadas  en  relación  con  dicho  trabajo.  No puede  tomarse   nuestro compromiso  como  un  medio  para descubrir  errores,  irregularidades  o  actos  ilícitos, incluyendo fraudes o malversación, que pudieran existir. Sin embargo, informaremos a ustedes de tales hechos si llegáramos a tener conocimiento de su existencia.
Hemos estimado los honorarios en:
Le  agradeceremos  se  sirvan  firmar  la  copia  adjunta  y devolverla  en  señal  de  su conformidad con las condiciones del mencionado compromiso de (preparación / revisión) de la declaración objeto de este compromiso.
ANEXO 3
CARTA DE MANIFESTACIÓN DE LA GERENCIA.
(Membrete de la compañía) Fecha
(Fecha del informe del contador público)
Señores
(Al contador público).
Estimados señores:
En relación con la (preparación / revisión) de la declaración de (identificar la declaración  y lacompañía) del (período  de la declaración), les confirmamos  las siguientes manifestaciones que, a nuestro  mejor saber  y entender,  les hicimos en el curso  de su trabajo:
1. Somos  responsables  de  la  presentación  razonable  en  los  estados  financieros  de  la situación financiera, los resultados de operaciones y cambios en la situación financiera de (nombre de la compañía),  conforme a principios de contabilidad de aceptación general, aplicados en forma uniforme.
2. Hemos puesto a su disposición todos los registros financieros y sus correspondientes soportes.
3. No tenemos conocimiento de ninguna cuenta, transacción o compromiso importante, que no esté suficientemente documentado y debidamente asentado en los registros contables que sirvieron de base para la preparación / revisión de la declaración.
4. Los ingresos, costos y gastos que se reflejan en la declaración definitiva de impuesto sobre la renta concuerdan con los libros de contabilidad al 31 de xx de 200X
NOTA: La carta de manifestación de la gerencia deberá ser adaptada al trabajo contratado por el cliente, por lo que la redacción anterior es solo un ejemplo a efectos didácticos.

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