martes, 12 de agosto de 2014

El 08 de agosto de 2014 se publica en Gaceta Oficial N° 40.471 el convenio cambiario N° 29, referido al nuevo tratamiento de las operaciones de divisas de los bienes asociados a los sectores automotriz, carrocero y de autopartes, este convenio está compuesto de tres artículos estableciendo que desde su entrada en vigencia los pagos para la liquidación de operaciones de divisas asociados a los bienes de los sectores mencionados, se realizarán al tipo de cambio resultante del Sistema Complementario de Administración de Divisas (En lo sucesivo SICAD) publicado en el portal del Banco Central de Venezuela.

Dicho tipo de cambio será el de la última asignación de divisas realizadas por el SICAD, vigente al momento de la operación. De acuerdo a la última publicación del BCV de fecha de 16 de julio del presente año, la última asignación es de 11 bs/$. Sin embargo, en los casos en que la liquidación se solicitó antes de la entrada en vigencia de este convenio, se liquidarán según lo dispuesto en el convenio cambiario N° 14, el cual dicta:

“A partir del 9 febrero de 2013, se fija el tipo de cambio en seis bolívares con dos mil ochocientos cuarenta y dos diezmilésimas (Bs. 6,2842) por dólar de los Estados Unidos de América para la compra, y en seis bolívares con treinta céntimos (Bs. 6,30) por dólar de los Estados Unidos de América para la venta.” (G.O 40.108, Art. 1)
De esta manera, el convenio N° 29  presenta un listado con los códigos arancelarios relacionados a las importaciones de los bienes y entra en vigencia a partir del 8 de agosto de 2014.

 

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