Recientemente, fue emitido el nuevo Convenio Cambiario No. 14, que fijó una nueva tasa de cambio anunciada por el Gobierno Nacional, a través del Banco Central de Venezuela (BCV) y publicada en Gaceta Oficial No. 40.108 del 8 de febrero de 2013, en la cual se estipula quea partir del 9 de febrero de 2013 la tasa de cambio es deBs6,30 por US$1. Asimismo, como todos debemos recordar el 30 de diciembre de 2010, se fijó la tasa de cambio en Bs4,30 por US$1 y, adicionalmente, se creó un mecanismo para el otorgamiento de divisas denominado Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME), a una tasa diferente (Bs5,30 por US$1) a la estipulada por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). Sin embargo, con la entrada en vigencia del nuevo tipo de cambio, el SITME ha sidototalmente eliminado del Sistema Cambiario vigente, según Gaceta Oficial No. 40.109 del 13 de febrero de 2013.
Ahora bien, esta situación debe ser evaluada a nivel de losEstados Financieros y analizar como serán impactados o que efectos se presentan sobre los mismos; en este sentido,debemos tener en cuenta que para Venezuela su moneda funcional, es la de una economía hiperinflacionaria y para ello debemos considerar lo que nos menciona la Norma Internacional de Contabilidad No. 21 (NIC 21) “Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera”, la cual en su Párrafo 23 indica que la entidad que mantenga partidas en sus Estados Financierosdenominadas en moneda extranjera debe convertirlas a la tasa de cambio de la fecha de presentación de su información financiera. Esto nos lleva a considerar que los pasivos que CADIVI comience a reconocer o aprobar a partir de la fecha del referido Convenio deben registrarse a la tasa de cambio de Bs6,30 por US$1. También es importante tener presente que los pasivos previos alConvenio deben reconocerse a Bs6,30 por US$1, salvo enaquellas circunstancias tipificadas en los Artículos 5, 6, 7,8 y 9 del citado Convenio en las cuales se establecen los supuestos para la liquidación de divisas a Bs4,30 por US$1, aunado a toda la documentación soporte necesaria que avalará el reconocimiento de un pasivo a la tasa de cambio anterior de Bs4,30 por US$1.
Como se mencionó al inicio, la eliminación del SITME también trae como consecuencia que a nivel de losEstados Financieros la tasa de cambio vigente oficial a ser reconocida, para el registro de las partidas en moneda extranjera debe ser Bs6,30 por US$1.
Adicionalmente, la Norma Internacional de Contabilidad No. 10 (NIC 10) “Hechos Posteriores a la Fecha de losEstados Financieros”, menciona en su Párrafo 22, específicamente, dentro de su ejemplo tipificado con la letra (g), que en caso de ocurrir variaciones anormalmente grandes en tasas de cambio, después del período en que se informa, dicha situación solo requiere de revelación a nivel de los Estados Financieros y no implica ajuste adicional en los mismos con cierre anterior a la fecha del mencionado Convenio, en este caso, tomando como referencia el cierre económico más reciente que sería al 31 de diciembre de 2012 (se considera que esta situación califica bajo el Evento Subsecuente Tipo 2, específicamente, señalado en el Párrafo 33 de la referidaNIC). Asimismo, la NIC 10 indica que si los efectos se consideran o evalúan materiales deben realizarse todas lasdivulgaciones correspondientes (tales como, naturaleza del cambio y un estimado del efecto financiero) a nivel de las notas a los Estados Financieros.
Espero que estas consideraciones (TIPs) le sean de utilidad en la elaboración de sus Estados Financieros a una fecha determinada y muy, especialmente, para el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2012 y, para aquellos que cierren con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la citada Gaceta.
Marcos M. Soler Pérez
Socio de Auditoría
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